Sentencia N° 1179 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de noviembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1179, Exp. 13-1095, 29/11/2013
Expediente13-1095
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-11-29
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Yaracuy. La decisión se basa en el análisis de los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concluyendo que el recurso no cumplía con las exigencias necesarias para su procedencia.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. El Tribunal Superior del Trabajo deberá remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de manera inmediata; la cual, una vez recibido el expediente, decidirá sumariamente con relación a dicha solicitud. En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior. La declaración de inadmisibilidad del recurso se hará constar en forma escrita por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su decisión.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representante judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 22 de mayo del año 2013, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con sede en San Felipe. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.

Palabras clave

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