Sentencia N° 1178 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de noviembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1178, Exp. 16-688, 18/11/2016
Expediente16-688
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-11-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por un grupo de demandantes contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La Sala analizó los alegatos de los recurrentes y determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho, por lo que no se incurrió en las violaciones denunciadas. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
Conforme se desprende de la norma contenida en la disposición legal supra transcrita el control de la legalidad se erige como el medio recursivo a través del cual las partes pueden impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar gravemente normas de orden público. Se trata, en definitiva, de ejercer, a instancia de parte, el control de la legalidad y justicia de dichos fallos, en aras de restablecer el mandato jurídico sustantivo o adjetivo del trabajo infringido, por lo que de verificarse que el fallo impugnado incurre en la violación o amenaza denunciada le corresponderá a este órgano jurisdiccional, anularlo y resolver el fondo del asunto, garantizando de este modo una justicia laboral accesible, breve, sencilla, transparente, oral, inmediata, sin formalismos ni reposiciones inútiles, conforme a los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante JOSÉ MAÍZ, GUILLERMO BERROTERÁN, JOE HERNÁNDEZ, ANYOL ZAMBRANO, FRANKLIN DIMAS, JOHAN PEÑA, GIAMPIERO CORDERO y JHONNER RAMÍREZ contra la sentencia de fecha 30 de mayo de 2016, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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