Sentencia N° 1177 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1177, Exp. 09-763, 16/07/2009
Expediente09-763
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-07-16
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui. La decisión se basa en que el recurso es un medio de impugnación excepcional y que la sentencia recurrida es interlocutoria, lo que impide su admisibilidad según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala establece que los agravios de este tipo de sentencias pueden ser reparados en la sentencia definitiva.

Extracto de la motiva

Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, es oportuno dejar por sentado, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de la Sala.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 4 de mayo de 2009, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Anzoátegui. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada.

Palabras clave

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