Sentencia N° 1173 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de noviembre de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 1173, Exp. 10-1568, 02/11/2011
Expediente10-1568
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaAgrario
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2011-11-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de hecho interpuesto por Agropecuaria Canarto, C.A. contra una sentencia que declaró improcedente su apelación sobre la revocatoria de una medida cautelar de protección agroalimentaria. La Sala consideró que la revocación de la medida no causaba un gravamen irreparable y que el procedimiento ordinario agrario era suficiente para reparar cualquier daño. Además, se destacó que el Juzgado Superior debió tramitar el recurso de apelación en lugar de declararlo improcedente.

Extracto de la motiva

Ciertamente nos encontramos frente a una solicitud de medida cautelar de protección agroalimentaria, que fue decretada por el juez de primera instancia agrario, el cual posteriormente declaró su incompetencia y remitió el expediente al juez superior, quien se declaró competente y luego, revocó la medida que fuera acordada. Contra esa decisión, la parte solicitante de la medida interpuso recurso de apelación, el cual fue declarado improcedente por el juzgado superior, razón por la que se recurrió de hecho contra esta última decisión. Ahora bien, constata la Sala que el sentenciador superior ha debido tramitar el recurso de apelación interpuesto, entiéndase, remitirlo a esta Sala Especial Agraria como instancia superior para conocer y decidir dicho medio ordinario de impugnación y, no por el contrario, entrar a pronunciarse si el recurso propuesto es o no procedente, pues todo procedimiento en sede jurisdiccional está caracterizado por el principio de la doble instancia, en función de la garantía al debido proceso que tiene todo justiciable, así como de impugnar los actos que considere lesiona sus derechos.

Dispositiva

Por los motivos anteriormente expresados, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria, de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho propuesto por la sociedad mercantil Agropecuaria Canarto, C.A, contra la sentencia de fecha 24 de noviembre del año 2010, dictada por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. En consecuencia, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la referida sociedad mercantil contra la decisión de fecha 16 de noviembre del año 2010, proferida por el mencionado Juzgado Superior.

Palabras clave

medida cautelaragroalimentariarecurso de apelacióndoble instanciadebido proceso

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca