Sentencia N° 1173 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de julio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1173, Exp. 07-1485, 17/07/2008
Expediente07-1485
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-07-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, decidió declarar sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Jesús Enrique Carrillo Rojas contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Aragua. La decisión se fundamenta en la improcedencia del reclamo de indemnización por daño moral, argumentando que no se demostró la existencia de un hecho ilícito que justificara tal reclamo. La Sala concluyó que el análisis de las pruebas presentadas era inoficioso, dado que los hechos alegados no constituían un daño moral en el contexto laboral.
Extracto de la motiva
Con fundamento en el ordinal 3° del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se denuncia que la sentencia recurrida adolece del vicio de inmotivación, por silencio de pruebas. Aduce la formalizante: De conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del art. 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, denuncio el vicio de inmotivación por silencio de pruebas. La Juez Ad Quem señala en el precitado fallo: “Omissis… concluye que es improcedente el reclamo de indemnizaciones por DAÑO MORAL, en el caso que se analiza y en virtud de ello, resulta inoficioso el análisis del material probatorio aportado al proceso… Omissis.” (Textual: folio 522, resaltado mío). Honorables Magistrados, al sentenciar la Juez de Alzada, obvió el PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD, (Criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia) de analizar y valorar todas cuantas pruebas se hayan producido en el juicio, para obtener una verdadera convicción ajustada a derecho, defender la integridad de la Legislación y la uniformidad de la Jurisprudencias; en el caso in comento, su deber ineludible era analizar y valorar todas las pruebas documentales aportadas por mi representado en la Audiencia Preliminar (Primitiva) en fecha 2/4/2007 (folios 71 al 73), tales como: el Expediente N° DP11-S-2005-000178; Actas del: 18/10/2005 y 1/11/2005 (folios 93 al 96); Carta del 16/2/2005 (folio 135), Memorando del 1/2/2005 (folio 136), Acta de Tribunales contenida en el expediente administrativo de la Inspectoria del Trabajo del 5/5/2005 (folio 147); Recibos de Pagos (folios 190 al 207); y Expedientes administrativos Nros. 0430500300219 y 043050301741; las cinco (5) letras de cambio (folios 402 al 404), que demuestran inobjetablemente que la pretensión de mi mandante en relación al daño moral está ajustada a derecho y se evidencian los hechos alegados en los Capítulos I y II del Libelo de Demanda (folios 1 al 9) y en los Capítulos I y II del Escrito de Ampliación y Reforma de la Demanda (folios 17 vto. al 27); el hecho ilícito del patrono y la consecuencia jurídica peticionada de conformidad con los arts. 1.185, 1.193 Y 1.196 del Código Civil. Me permito transcribir extracto de sentencia Nro. 0051, de fecha 27/7/2000, emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia: “Omissis… la única garantía de que la actividad del Juez en el establecimiento de los hechos, con base a los cuales va a resolver, se encuentra en el análisis exhaustivo que éste haga de todos los elementos probatorios …Omissis”.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 08 de junio del año 2007. No procede la condenatoria en costas del recurso a la parte accionante-recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
daño moralrecurso de casaciónsentencia laboralinmotivaciónhecho ilícitoLey Orgánica Procesal del TrabajoCódigo Civilpruebas documentales