Sentencia N° 1168 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de mayo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1168, Exp. 07-686, 30/05/2007
Expediente07-686
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-05-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de mayo de 2007, declaró inadmisibles los recursos de control de legalidad y de casación interpuestos por el ciudadano Pedro Ramón Centeno Calvo contra la sentencia del Tribunal Tercero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La inadmisibilidad se fundamenta en la inepta acumulación de ambos recursos, ya que son excluyentes entre sí según la jurisprudencia reiterada de la Sala.

Extracto de la motiva

En virtud de lo anterior, debe esta Sala declarar inadmisibles el recurso de control de la legalidad y el recurso de casación interpuestos concurrentemente por la parte accionante contra la sentencia dictada el 28 de noviembre de 2006 por el Tribunal Tercero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, el ciudadano Pedro Ramón Centeno Calvo, contra la sentencia publicada el 28 de noviembre de 2006 por el Tribunal Tercero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; 2) INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto contra la referida sentencia. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

cobro de prestacionesindemnizaciónaccidente de trabajorecurso de casacióncontrol de legalidadinadmisibilidadjurisprudenciaorden público

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