Sentencia N° 1164 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de diciembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 1164, Exp. 17-486, 07/12/2017
Expediente17-486
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-12-07
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por varios ciudadanos contra una decisión del Tribunal Noveno Superior del Trabajo. La Sala determinó que el recurso había perecido debido a que la parte recurrente no presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la ley. Se destacó que el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un plazo de veinte días para formalizar el recurso, el cual no fue cumplido por la parte demandante.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando el escrito de formalización no se presente en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la ley adjetiva laboral, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del lapso para formalizar el recurso, la Secretaría de la Sala de Casación, mediante auto N° 1895 de fecha 11 de agosto de 2017, dejó constancia de lo siguiente: 'de acuerdo con lo ordenado en el auto precedente, hace constar que el lapso para formalizar este recurso, comenzó a correr en fecha dieciséis (16) de mayo de 2017, día siguiente al auto de admisión por parte del Juez Superior, y venció el cuatro (4) de junio del año 2017'.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte accionante, ciudadanos HENRY JOSELITO PINZÓN MÉNDEZ, JOSÉ LUIS LEAL BRICEÑO, LUIS GUILLERMO AGUILERA GUZMÁN, ROIBER ENRIQUE BRICEÑO VÁSQUEZ, SAMUEL DARÍO ALVARADO LARA, FRANKLIN YASER AVENDAÑO MÁRQUEZ, JEAN CARLOS PINO y YENNY JHAKELINE RIVAS VELÁSQUEZ, contra la decisión publicada el 5 de mayo de 2017, por el Tribunal Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.