Sentencia N° 1164 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de octubre de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 1164, Exp. 11-153, 27/10/2011
Expediente11-153
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-10-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por Raúl Ramón Quero Silva contra actos administrativos del Instituto Nacional de Tierras. La decisión de la instancia inferior había declarado la perención de la instancia por inactividad procesal de más de seis meses. La Sala revocó dicha decisión, argumentando que la acumulación de expedientes no fue debidamente considerada y que existieron actos que interrumpieron la perención en el expediente acumulado.

Extracto de la motiva

Observa esta Sala que en el asunto de autos, el tribunal de la causa ordenó una acumulación de dos expedientes que cursan ante esa instancia, relativos a dos recursos de nulidad propuestos por la parte actora contra actos administrativos distintos. Así, se distingue que el primer recurso contencioso administrativo de nulidad es propuesto en fecha 1° de julio de 2009, contra el acto administrativo dictado en sesión N° 230-09, de fecha 7 de abril de 2009, Punto de Cuenta N° 329, por el Instituto Nacional de Tierras, en el cual se acuerda el inicio del procedimiento de rescate por circunstancias excepcionales de interés social o utilidad pública y acuerdo de medida cautelar de aseguramiento sobre el lote de terreno denominado Mata de Tigre, ubicado en el Sector Gavilán Areño, Parroquia El Real, Municipio Obispos, Estado Barinas, con una superficie aproximada de 395,2 hectáreas, cursante en el expediente N° 09-1004, de la nomenclatura del tribunal de la causa; y el segundo recurso de nulidad se propone contra el acto administrativo dictado por el mismo ente administrativo agrario, en sesión N° 240-09, de fecha 2 de junio de 2009, Punto de Cuenta N° 157, en el que se acordó el rescate del lote de terreno denominado Mata de Tigre, ubicado en el Sector Gavilán Areño, Parroquia El Real, Municipio Obispos, estado Barinas, con una superficie aproximada de 395,2 hectáreas, cursante en el expediente N° 09-1021 de la numeración del tribunal de la primera instancia. Este último recurso de nulidad fue recibido por el tribunal de la causa en fecha 29 de septiembre de 2009, y admitido en fecha 30 de septiembre de 2009. Ahora bien, la parte accionada, en fecha 21 de septiembre de 2010, había solicitado que se declarase la perención de la instancia en el expediente N° 09-1004, por inactividad de la parte actora en un período mayor a 6 meses. No obstante tal solicitud, el tribunal de la causa decide acumular el expediente N° 09-1021 al expediente N° 09-1004, sin ordenar la notificación de las partes, y sin resolver sobre la petición de declaratoria de perención.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriores, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por la representación judicial de la parte actora contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 10 de enero de 2011; 2) SE REVOCA el fallo; 3) REPONE la causa al estado inmediato anterior a la oportunidad en que el tribunal ordenó la acumulación de los expedientes N° 09-1004 y N° 09-1021; 4) ORDENA al tribunal continuar con la correspondiente sustanciación de los citados expedientes, en estricta observancia al contenido de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; 5) ORDENA remitir copias certificadas de la presente decisión a la Comisión Judicial de este Alto Tribunal, a la Inspectoría General de Tribunales y a la Oficina de Sustanciación del Tribunal Disciplinario Judicial.

Palabras clave

nulidadamparo cautelartierrasperenciónacumulación de expedientes

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