Sentencia N° 1158 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1158, Exp. 08-993, 10/07/2008
Expediente08-993
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de interpretación presentado por varios ciudadanos en relación a una sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La Sala estableció su competencia para conocer del recurso, pero determinó que este era inadmisible debido a que no cumplía con los requisitos establecidos para tal tipo de recursos, específicamente en cuanto a la necesidad de que la interpretación solicitada versara sobre un texto legal.

Extracto de la motiva

El numeral 6 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra entre las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia, la de “Conocer de los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, en los términos contemplados en la ley”, expresando en su único aparte, que aquellas atribuciones que no se encuentren asignadas a las Salas en particular, serán ejercidas por las diversas Salas, conforme a lo previsto en la Constitución y en la ley. En el caso concreto, al interponerse un recurso de interpretación de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 10 de abril de 2003 con ocasión de la demanda de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, procedimiento eminentemente laboral, no cabe duda que tal circunstancia reviste un carácter afín con las competencias atribuidas a la Sala de Casación Social, y como tal debe considerarse competente para conocer del presente recurso.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 10 de abril de 2003, con ocasión de la demanda de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, presentado por los ciudadanos BERNARDINO PÉREZ, SERGIO BOLÍVAR, JULIO MARCANO, JOSÉ ALBERTO RANGEL e ISMAEL ZAPATA. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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