Sentencia N° 1156 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1156, Exp. 04-1098, 09/08/2005
Expediente04-1098
PonenteNORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-08-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por AGROPECUARIA VILLA CARMEN C.A. contra una decisión del Juzgado Superior Octavo Agrario que declaró inadmisible una acción de permanencia agraria. La Sala revocó la decisión del Juzgado y declaró competente al mismo para conocer la acción. La sentencia se fundamenta en la interpretación de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, estableciendo que los Juzgados Superiores Agrarios son competentes para conocer de las acciones contra entes agrarios.

Extracto de la motiva

De una simple lectura de las disposiciones legales transcritas previamente, se advierte que los Juzgados Superiores Agrarios conocerán, como tribunal de la causa, de todas las acciones que se interpongan contra los entes agrarios, y en segunda instancia corresponderá a esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social. Así pues, dado que la presente acción es propuesta contra un ente agrario, y peticiona un derecho de permanencia sobre un inmueble ubicado en el Estado Zulia (vid. folio 1, 2 y 3), le corresponderá al Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, conocer, como tribunal de primera instancia, de la presente acción. Así se decide.

Dispositiva

1°) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte accionante, AGROPECUARIA VILLA CARMEN C.A., en contra de la sentencia emanada del Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 28 de julio de 2004; 2°) SE REVOCA la precitada decisión, y 3°) SE DECLARA COMPETENTE al ya mencionado Juzgado Superior agrario, quien actuará como tribunal de primera instancia, para que conozca y decida sobre la presente acción.

Palabras clave

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