Sentencia N° 1154 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de noviembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1154, Exp. 15-1165, 11/11/2016
Expediente15-1165
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-11-11
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La parte demandada no compareció a la audiencia pública fijada, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción correspondiente, declarando desistido el recurso de casación. En consecuencia, se mantuvo firme la sentencia impugnada que había declarado con lugar la demanda de reconocimiento de unión estable de hecho.
Extracto de la motiva
Se señala el artículo 489-F in fine, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, lo siguiente: “Si la parte recurrente no compareciere a la audiencia, se debe declarar desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos la parte demandada recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de casación anunciado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la decisión emitida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el 10 de agosto de 2015; 2) FIRME el fallo recurrido.