Sentencia N° 1150 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de noviembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1150, Exp. 13-1558, 11/11/2016
Expediente13-1558
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-11-11
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Manuel Oswaldo Oropeza Padrón contra la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. La audiencia pública y contradictoria fue fijada, pero la parte demandante no compareció, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando desistido el recurso de casación.

Extracto de la motiva

Establece el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte, que: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos la parte demandante recurrente o sus apoderados judiciales no comparecieron a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de casación anunciado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 7 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y 2) FIRME el fallo recurrido.

Palabras clave

recursoscasaciónaudienciatrabajodesistimiento

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