Sentencia N° 1150 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de octubre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1150, Exp. 11-804, 27/10/2011
Expediente11-804
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-10-27
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 27 de octubre de 2011, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), debido a la falta de formalización del mismo dentro del lapso legal establecido. La parte demandada había anunciado el recurso el 29 de marzo de 2011, pero no cumplió con la formalización en el tiempo requerido, lo que llevó a la Sala a aplicar el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece la perención del recurso en tales circunstancias.
Extracto de la motiva
Conforme con el referido principio procesal, el escrito de formalización del recurso de casación debe cumplir con las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas por la ley, cuya inobservancia comporta la ineficacia de dicho acto. En este orden de ideas, tal y como se expuso supra, la presentación extemporánea de la formalización debe equipararse a su ausencia, pues la intempestividad de dicho escrito evita que el mismo produzca los efectos que la ley le atribuye. Ello es coherente con el principio de la preclusión de los lapsos procesales, según el cual los actos deben practicarse dentro de los lapsos establecidos por la ley, para que produzcan sus efectos jurídicos, pues el proceso está dividido en etapas, y cada una de ellas implica la clausura de la anterior, sin posibilidad de renovarla. Por lo tanto, si la formalización no es consignada dentro del lapso legalmente previsto, la consecuencia será la perención del recurso, de conformidad con el artículo 325 de la ley procesal civil, sin que sea necesario abrir los lapsos siguientes.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), contra el fallo proferido por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante decisión de fecha 22 de marzo de 2011. No hay condenatoria en costas.
Palabras clave
recurso de casaciónperenciónformalizacióntrabajojurisprudencia