Sentencia N° 115 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de febrero de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0115, Exp. 10-1471, 09/02/2011
Expediente10-1471
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2011-02-09
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en relación a la impugnabilidad en casación de la sentencia recurrida.
La decisión se fundamenta en que el recurso fue interpuesto fuera del lapso legal y que la cuantía de la demanda excedía el límite establecido para acceder a la casación. La Sala enfatizó la importancia de la seguridad jurídica y el derecho a la defensa, estableciendo que el cómputo del lapso para interponer recursos debe comenzar a partir de la publicación de la sentencia.
Finalmente, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, ordenando la remisión del expediente a la unidad correspondiente para los fines legales pertinentes.
Extracto de la motiva
Esta Sala en su labor hermenéutica, considera indispensable partiendo de la base que las normas procesales deben interpretarse en el sentido de que ofrezca garantías al derecho a la defensa y a la seguridad jurídica, dada la naturaleza eminentemente preclusiva de los lapsos para el ejercicio de los recursos a que hubiere lugar, precisar, armonizando las normas antes referidas, cual es el momento u oportunidad a partir del cual comienza a computarse el lapso para ejercer el control de la legalidad. En este sentido, los cinco (5) días que otorga el legislador para interponer el referido recurso, comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 24 de septiembre del año 2010, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.