Sentencia N° 1147 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de julio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1147, Exp. 08-678, 14/07/2009
Expediente08-678
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-07-14
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por la parte actora en un caso de indemnización derivada de accidente de trabajo. La Sala constató que el recurso había sido anunciado oportunamente, pero no fue formalizado dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por lo tanto, se declaró perecido el recurso de casación.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del presente recurso de casación, se constata, que el mismo comenzó a correr en fecha ocho (8) de marzo de 2008, día siguiente al último de los cinco (5) días hábiles que se confieren para el anuncio, y venció el día cuatro (4) de abril del mismo año, incluyendo el respectivo término de distancia. Ahora bien, visto el anuncio oportuno del recurso efectuado por la parte demandante, evidencia la Sala que con posterioridad al mismo, no fue consignado el respectivo escrito de formalización, por consiguiente, esta Sala, en sujeción a lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, debe declarar perecido el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte actora. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 26 de febrero de 2008. Se exime de la condenatoria en costas a la parte recurrente en casación.
Palabras clave
indemnizaciónaccidente de trabajolucro cesantedaño moralrecurso de casaciónjusticia laboral