Sentencia N° 1146 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de diciembre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 1146, Exp. 17-665, 04/12/2017
Expediente17-665
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-12-04
DecisiónPERECIDO

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara perecido el recurso de casación interpuesto por Freddy Rolando Couri Gómez contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Lara, que había confirmado la decisión de un juzgado inferior que declaró sin lugar la demanda de prestaciones sociales. La Sala argumenta que la parte demandante no formalizó el recurso dentro del lapso legal establecido, lo que llevó a la declaración de su perecimiento.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia que corresponda, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos la parte demandante anunció su recurso de casación oportunamente, sin embargo, no presentó el escrito de formalización del mismo, siendo que el lapso de veinte (20) días para dicha actuación más el término de distancia, comenzó a transcurrir en fecha 27 de junio de 2017, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se dan para el anuncio del referido recurso extraordinario, y venció el 20 de julio de 2017, incluyendo el término de la distancia correspondiente de cuatro (4) días, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría en fecha 17 de octubre de 2017, sin que conste en autos la formalización del recurso de casación, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera perecido el recurso interpuesto por la parte demandante.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandante ciudadano FREDDY ROLANDO COURI GÓMEZ, contra la sentencia dictada en fecha 29 de marzo de 2017, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condena en costas a la parte demandante recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recursocasaciónprestacionestrabajoleycostas

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