Sentencia N° 1142 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de octubre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1142, Exp. 03-466, 07/10/2004
Expediente03-466
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2004-10-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Juan Bautista Rodríguez Alzola contra la sentencia del Juzgado Superior Primero Agrario que revocó la decisión de primera instancia. La Sala consideró que no se demostraron los vicios alegados en la sentencia recurrida, y que la decisión del Juzgado Superior se basó en la falta de prueba de la posesión efectiva del inmueble por parte del demandante. Además, se desestimaron las denuncias de infracción de ley por no haber sido probadas adecuadamente.
Extracto de la motiva
La Sala observa: Es ciertamente una irregularidad de la recurrida, la expresión que utiliza en el pronunciamiento citado por el formalizante, pues su dispositivo sobre el fondo del asunto estaba circunscrito a declarar con o sin lugar la querella y ordenar la restitución posesoria solicitada por el querellante en el primer supuesto. En caso contrario, la declaratoria sin lugar de la querella conllevaba la revocatoria de la medida de secuestro que había sido decretada y practicada inicialmente, lo cual podía ordenarse bien en la propia sentencia o bien en auto posterior de ejecución de la misma. Sin embargo, no aprecia la Sala que, como se alega en el recurso, ese pronunciamiento constituya una declaratoria de posesión y de propiedad a favor del querellado, pues su alcance solo puede entenderse en el sentido de que, como consecuencia de resultar improcedente la acción, se revoca automáticamente la medida y se retrotrae la situación al estado en que se encontraba antes de su ejecución, esto es, se devuelve la tenencia a quien fue despojado de la misma al practicarse la medida; cuya tenencia, por lo demás, no está en discusión, desde luego que formó parte principal de lo alegado en el libelo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de casación. Se condena al recurrente en las costas del recurso, conforme al artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 274 del mismo Código. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de la causa, Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, participando lo conducente al Tribunal de la recurrida.
Palabras clave
recurso de casaciónquerella interdictalrestituciónposesióninfracción de leyCódigo de Procedimiento CivilLey de Tierras y Desarrollo Agrario