Sentencia N° 1140 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1140, Exp. 05-662, 09/08/2005
Expediente05-662
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-08-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Alfredo Pedro Paiva Hernández contra la sentencia del Juzgado Primero Superior. El recurso fue declarado inadmisible debido a que fue solicitado fuera del lapso legal establecido por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La decisión se fundamenta en que el recurrente solicitó el control el 4 de abril de 2005, cuando el plazo había vencido el 1° de abril de 2005.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que la parte recurrente podrá solicitar el control de la legalidad del asunto ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo, mediante escrito que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. En el caso de autos el recurrente solicitó el control de la legalidad el 4 de abril de 2005, siendo que el lapso de cinco (5) días hábiles para solicitar el recurso de control de la legalidad venció el 1° de abril de 2005, lo cual consta en cómputo realizado por el Tribunal Superior en fecha 5 de abril de 2005, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada el 22 de marzo de 2005, dictada por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
cobro de diferenciasprestaciones socialescontrol de la legalidadinadmisibilidadrecursotrabajosentenciajurisdicción