Sentencia N° 114 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de febrero de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0114, Exp. 15-966, 24/02/2017
Expediente15-966
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-02-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Sanatrix, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo que declaró sin lugar la demanda de nulidad de una certificación de enfermedad ocupacional. La Sala confirmó la decisión del juzgado inferior, argumentando que no se evidenciaron los vicios denunciados por la parte apelante, tales como incongruencia negativa y ultra petita. Se determinó que la trabajadora había estado expuesta a condiciones laborales que agravaron su enfermedad, y que la administración había cumplido con los requisitos legales en la certificación impugnada.

Extracto de la motiva

La Sala Plena de este alto Tribunal, en sentencia N° 27 del 26 de julio de 2011 (caso: Agropecuaria Cubacana C.A.), dejó sentado que corresponde a los órganos jurisdiccionales con competencia en materia laboral, el conocimiento de las acciones de nulidad ejercidas contra las decisiones administrativas dictadas por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, “pues lo relevante para determinar cuál es el juez natural que ha de conocer este tipo de pretensiones no es la naturaleza del órgano del cual emana sino la naturaleza jurídica de la relación”. Ello fue fundamentado, esencialmente, en la Disposición Transitoria Séptima de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. En consecuencia, esta Sala asume la competencia para resolver la apelación ejercida en el caso bajo estudio. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil SANATRIX, C.A., contra la sentencia de fecha 1° de junio de 2015, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: CONFIRMA dicho fallo en los términos expuestos, y TERCERO: queda FIRME la Certificación N° 0004/14 de fecha 29 de enero de 2014, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT), actualmente Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Miranda (GERESAT) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

Palabras clave

NulidadEnfermedad ocupacionalRecursos laborales

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