Sentencia N° 1137 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de julio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1137, Exp. 09-837, 09/07/2009
Expediente09-837
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-07-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de julio de 2009, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra el fallo del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Bolívar. La decisión de la Alzada había confirmado el fallo de primera instancia que declaró con lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales. La parte recurrente alegó contradicciones en la sentencia de segunda instancia, pero la Sala consideró que no se incurrió en las violaciones que se le imputaban.
Extracto de la motiva
Que en el presente caso, los actores alegaron que percibían un salario determinado, y la empresa demandada aceptó la relación de trabajo, y no probó la existencia de otro salario, razón por la cual debe quedar firme la remuneración expresada en el libelo de demandada, y no debería ordenar una experticia complementaria del fallo para obtener un monto que ya está firme en el proceso, y más aún cuando no ha sido solicitado por ninguna de las partes. Que es importante hacer mención a un hecho fáctico específico del caso, ya que el llamamiento a un experto para la determinación del salario con el cual se debería calcular la participación en los beneficios de la empresa, estaría completamente viciado, ya que los propios ex trabajadores tomaron por vías de hecho las instalaciones de la planta de Refractario donde prestaban servicios y donde se encontraban los documentos sobre los cuales debe basarse el experto para poder hacer su eventual experticia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casacón Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz de fecha 21 de mayo de 2009. No hay condenatoria en cosas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionescontrol de la legalidadsentenciainadmisibilidadtrabajo