Sentencia N° 1134 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de diciembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 1134, Exp. 15-246, 02/12/2015
Expediente15-246
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2015-12-02
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto tanto por la parte demandada como por la parte demandante. La decisión se basa en que los argumentos presentados no cumplen con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y se concluye que la sentencia impugnada se encuentra ajustada a derecho, sin violaciones a normas de orden público. Se resuelve que no hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.

Extracto de la motiva

Conforme se desprende de la norma contenida en la disposición legal supra transcrita el control de la legalidad se erige como el medio recursivo a través del cual las partes pueden impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar gravemente normas de orden público. Se trata, en definitiva, de ejercer, a instancia de parte, el control de la legalidad y justicia de dichos fallos, en aras de restablecer el mandato jurídico sustantivo o adjetivo del trabajo infringido, por lo que de verificarse que el fallo impugnado incurre en la violación o amenaza denunciada le corresponderá a este órgano jurisdiccional, anularlo y resolver el fondo del asunto, garantizando de este modo una justicia laboral accesible, breve, sencilla, transparente, oral, inmediata, sin formalismos ni reposiciones inútiles, conforme a los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Expreso Los LLanos C.A. contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en fecha 29 de enero de 2015, y SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por los ciudadanos JUANA FELICIA GARCÍA LANOY, TOMAS SUÁREZ GÓMEZ y EVELIO WILLIAM PÁEZ CÉSAR, contra el referido fallo. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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