Sentencia N° 1132 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 1132, Exp. 15-1172, 01/12/2015
Expediente15-1172
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-12-01
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La decisión se basa en que la parte actora no cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que presentó el escrito de fundamentación fuera del lapso correspondiente. La Sala enfatiza que el control de la legalidad es un medio excepcional y no debe ser entendido como una nueva instancia.
Extracto de la motiva
Conforme se desprende de la norma contenida en la disposición legal supra transcrita el control de la legalidad se erige como el medio recursivo a través del cual las partes pueden impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar gravemente normas de orden público. Se trata, en definitiva, de ejercer, a instancia de parte, el control de la legalidad y justicia de dichos fallos, en aras de restablecer el mandato jurídico sustantivo o adjetivo del trabajo infringido, por lo que de verificarse que el fallo impugnado incurre en la violación o amenaza denunciada le corresponderá a este órgano jurisdiccional, anularlo y resolver el fondo del asunto, garantizando de este modo una justicia laboral accesible, breve, sencilla, transparente, oral, inmediata, sin formalismos ni reposiciones inútiles, conforme a los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 7 de agosto de 2015, emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada.
Palabras clave
control de la legalidadrecursosjusticia laboralTribunal Supremonormas de orden públicoadmisibilidad