Sentencia N° 1132 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de mayo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1132, Exp. 07-679, 30/05/2007
Expediente07-679
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-05-30
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un caso de acción reivindicatoria. La decisión se basa en la conformidad de los fallos de instancia y en el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para la admisibilidad del recurso. Se destaca que el fallo recurrido no incurre en los supuestos que permitirían la admisión del recurso.
Extracto de la motiva
El ad quem, al momento de admitir el presente recurso de casación, conforme auto de fecha 21 de marzo de 2007, indica que el mismo es tempestivo, se cumple con el requisito de cuantía, y que el fallo recurrido pone fin al presente juicio. Empero, no se pronuncia respecto a la conformidad de fallos, en atención al contenido del artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así, y dada la situación surgida, es preciso señalar que ha sido pacífica y reiterada la jurisprudencia respecto a la admisibilidad del recurso de casación por parte de este Máximo Tribunal de la República, por lo que en tal sentido en sentencia del 07 de noviembre de 2001, la Sala de Casación Social estableció: Punto previo en el fallo de casación, puede ser el de la admisibilidad del recurso (...) corresponderá a la corte (Tribunal Supremo de Justicia), como Punto Previo al decidir el recurso, pronunciarse sobre esa admisión, lo que puede hacer de oficio o por planteamiento hecho por la parte contraria en su escrito de impugnación… Por consiguiente, y derivado de lo expuesto previamente, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social procederá en primer término, a emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad o no del presente recurso.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte accionada, ciudadanos ISABEL TERESA INFANTE DE FONSECA, ENRY DE JESÚS FONSECA INFANTE, YOLY COROMOTO FONSECA INFANTE y YENNY COROMOTO FONSECA INFANTE, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Primero Agrario Accidental de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados Miranda, Guárico, Amazonas y Vargas, en fecha 6 de marzo de 2007. En consecuencia, REVOCA el auto de admisión de fecha 21 de marzo de 2007, dictado por el mencionado Juzgado Superior.
Palabras clave
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