Sentencia N° 1130 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de octubre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1130, Exp. 03-745, 07/10/2004
Expediente03-745
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaFamilia
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2004-10-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por María Fátima Joaquín de Rodríguez contra una sentencia de la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente. La Corte había confirmado parcialmente una decisión que declaró sin lugar la demanda de separación de cuerpos y bienes, y con lugar la reconvención en divorcio presentada por Joao Rodríguez de Sousa. La Sala desestimó las denuncias de inmotivación e incongruencia, considerando que no se habían quebrantado las formalidades esenciales del proceso.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el recurrente denuncia un vicio de inmotivación, sustentado en la infracción de los artículos 243, ordinal 4° y 12 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo, se constata que el formalizante plantea lo que a su entender debió desprender el juez de determinadas actas probatorias. Se le advierte que si considera que la apreciación dada por el juez es incorrecta, no debió denunciarla como un vicio de inmotivación, sino como un error por infracción de ley. La motivación errónea es un mal juzgamiento que no se refiere a la forma de la sentencia, sino al mérito de la causa. La Sala, en cumplimiento de los artículos 26 y 257 de la Constitución, ha procurado no sacrificar la justicia por la omisión de formalidades no esenciales, pero en este caso se han quebrantado las formas esenciales de formalización, lo que hace imposible conocer la denuncia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la ciudadana MARÍA FÁTIMA JOAQUÍN de RODRÍGUES contra la sentencia de fecha 16 de julio de 2003, proferida por la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
separación de cuerposdivorcioinmovilizaciónalimentospatria potestadvicios procesalescasaciónprotección del niño