Sentencia N° 1129 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1129, Exp. 14-209, 11/08/2014
Expediente14-209
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-08-11
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante HÉCTOR EDIXON RANGEL MORENO contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Zulia, que había declarado sin lugar el recurso de apelación del demandante y parcialmente con lugar el de la parte demandada. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral, declarando inadmisible el recurso presentado.
El demandante alegó violaciones a normas de estricto orden público y a la jurisprudencia de la Sala, así como la falta de pronunciamiento sobre su solicitud de reenganche y pago de salarios caídos. Sin embargo, el Tribunal consideró que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que requiere el cumplimiento de ciertos requisitos para su admisibilidad, los cuales no se cumplían en este caso.
Finalmente, el Tribunal declaró inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas, y ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen para los fines correspondientes.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral señalada en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Asimismo, es oportuno señalar, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, contra la sentencia dictada el 31 de octubre de 2013, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
silencio de pruebacontrol de la legalidadsentenciaderecho laboralinadmision