Sentencia N° 1128 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de junio de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1128, Exp. 06-463, 29/06/2006
Expediente06-463
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-06-29
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Giovanni Moreno contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala argumentó que la sentencia recurrida no modificaba lo decidido ni proveía contra lo ejecutoriado, lo que justificaba la inadmisibilidad del recurso. Además, se destacó que la parte actora alegó violaciones a normas de orden público, pero la Sala consideró que no se cumplían los requisitos para la admisión del recurso.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. Esta Sala de Casación Social en decisión Nº 505 de fecha 30 de julio de 2003, expresó que a los autos o sentencias dictados en la etapa de ejecución: Se le otorgará excepcionalmente, por aplicación extensiva del ordinal 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de control de la legalidad, cuando estos resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o que provean contra lo ejecutoriado o modifiquen de manera sustancial lo decidido, siempre que contra ellos hayan agotado todos los recursos ordinarios y que se traten de actos que violen o amenacen con violentar algunas normas de orden público, o resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión de fecha 1° de marzo de 2006, dictada por Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

Palabras clave

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