Sentencia N° 1124 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de octubre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1124, Exp. 11-245, 20/10/2011
Expediente11-245
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-10-20
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La Sala determinó que el pronunciamiento del Juzgado Superior carecía de efecto, ya que la competencia para decidir sobre la admisibilidad del recurso corresponde a esta Sala. Se concluyó que la decisión impugnada no contraviene normas de orden público, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
En primer término, observa esta Sala que el 1° de febrero de 2011, el Juzgado Superior admitió el recurso de control de la legalidad interpuesto en el caso sub iudice, según señaló, de conformidad con lo establecido en el artículo 169 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (f. 348 de la segunda pieza del expediente), disposición referida a la admisión o rechazo, por parte del juez de alzada, del recurso de casación. Por el contrario, en cuanto al control de la legalidad, del artículo 178 eiusdem se desprende que corresponde a esta Sala de Casación Social la competencia para pronunciarse sobre su admisibilidad o no; en consecuencia, una vez presentado el escrito recursivo, el Tribunal Superior debe limitarse a remitir las actas procesales a esta Sala. Conteste con lo anterior, se advierte que el pronunciamiento realizado por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, acerca de la admisión del recurso ejercido, carece de efecto alguno. Adicionalmente, se exhorta al Juez del mencionado órgano jurisdiccional a que, en lo sucesivo, se abstenga de emitir pronunciamiento alguno al respecto. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada, contra la sentencia de fecha 24 de enero de 2011, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
despidocontrol de legalidadtrabajoinadmisionderecho a la defensa