Sentencia N° 1116 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1116, Exp. 08-967, 10/07/2008
Expediente08-967
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-07-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de julio de 2008, declaró sin lugar el recurso de hecho propuesto contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto Agrario que había negado la admisión del recurso de casación. La Sala fundamentó su decisión en la falta de cuantía necesaria para acceder a casación, ya que la demanda fue estimada en ochenta millones de bolívares, inferior al monto requerido de cien millones ochocientos mil bolívares.
Extracto de la motiva
Visto lo anterior, esta Sala observa que para el momento de dictarse el fallo del cual se pretende recurrir en casación, es decir, el día 4 de abril de 2008, el criterio imperante de esta Sala referente a la cuantía, es el establecido en la jurisprudencia emanada de la Sala Constitucional de este alto Tribunal -el cual está vigente- de fecha 12 de julio de 2005, referido a que la cuantía necesaria para acceder a casación, debe ser la misma que imperaba para el momento en que se interpuso la demanda. De acuerdo con esto, la fecha en que se interpuso la presente querella fue el día 2 de mayo de 2006, y la cuantía necesaria para acceder a casación en esa fecha correspondía a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), es decir, un equivalente a cien millones ochocientos mil bolívares (Bs.100.800.000,00), de acuerdo con lo establecido en el aparte cuarto del artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Ahora bien, en el caso sub iudice la cuantía fue estimada en la cantidad de ochenta millones de bolívares (Bs. 80.000.000,00) y de acuerdo con el criterio anterior, ello impide el acceso a casación del asunto bajo examen, por no tener la suficiente cuantía para ello. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto contra la decisión dictada el día 14 de abril de 2008, que negó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de fecha 4 de abril de 2008, dictada por el Juzgado Superior Cuarto Agrario, con sede en Barinas. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
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