Sentencia N° 1116 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de junio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1116, Exp. 06-363, 29/06/2006
Expediente06-363
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-06-29
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 29 de junio de 2006, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, Olga Álvarez Montero, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La decisión se fundamenta en la falta de violaciones a normas de orden público o a la jurisprudencia reiterada, conforme a lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, denuncia la parte actora recurrente la violación de los derechos y garantías constitucionales establecidos en los artículos 26, 49 y 51 de la Carta Magna, así como el orden público contenido en los artículos 9, 10, 69 y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las máximas y criterios establecidos en la jurisprudencia de la Sala de Casación Social. Sostiene la recurrente que el juzgador de alzada dudó de la veracidad de los hechos que fueron probados en la audiencia de apelación, los cuales cumplían con todas las condiciones necesarias para considerar justificada la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar. Así pues, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado, esta Sala de Casación Social, considera que la sentencia recurrida no incurre en violaciones de normas con carácter de orden público o de la reiterada doctrina jurisprudencial, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, y en consecuencia, de conformidad con la potestad discrecional establecida en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora contra la sentencia de fecha 15 de julio de 2005, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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