Sentencia N° 1115 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1115, Exp. 11-1537, 17/10/2012
Expediente11-1537
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-10-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil AUTOMOTRIZ SUPERCA, C.A. contra un informe de investigación de accidente dictado por el INPSASEL. El Juzgado Superior Primero del Trabajo había declarado inadmisible el recurso por caducidad, argumentando que la acción fue presentada fuera del lapso legal. La parte recurrente alegó que el cómputo del término debía iniciarse a partir de la subsanación del informe, no de su emisión original.
Extracto de la motiva
Alega la parte demandante, que la recurrida fundamenta la inadmisibilidad de la acción de la presunta caducidad de la misma, siendo que efectuó el cómputo del término previsto en el ordinal 1° del artículo 32 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de manera errónea, al contar los ciento ochenta (180) días continuos para proponer la demanda a partir del día 09 de julio del año 2009, fecha ésta en que se dictó por primera vez el acto que considera viciado de anulabilidad por defecto material, y no a partir de la fecha que se dictó el acto que lo corrige, esto es, de fecha 04 de noviembre del año 2010.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil AUTOMOTRIZ SUPERCA, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, en fecha 10 de noviembre del año 2011.