Sentencia N° 111 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de febrero de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 111, Exp. 02-685, 27/02/2003
Expediente02-685
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-02-27
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de Lara. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que venció el 10 de enero de 2003. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso, es decir, en fecha catorce (14) de noviembre del año 2002 y venció el diez (10) de enero del año 2003, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha dos (02) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano RAMÓN HILARIO DELGADO contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA LARAYA, C.A.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha dos (02) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano RAMÓN HILARIO DELGADO contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA LARAYA, C.A. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
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