Sentencia N° 1106 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1106, Exp. 05-744, 09/08/2005
Expediente05-744
PonenteNORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-08-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social, bajo la ponencia de la Conjuez NORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, JOSÉ RAFAEL GONZALEZ GUEVARA, contra una decisión del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, que había declarado con lugar un recurso de apelación. La Sala encontró que la decisión recurrida incurrió en el vicio de incongruencia negativa al no pronunciarse sobre un alegato de defensa fundamental planteado por la parte demandada, lo que llevó a la anulación del fallo y a ordenar un nuevo pronunciamiento sobre todos los alegatos de defensa.

Extracto de la motiva

Por razones de orden metodológico, esta Sala altera el orden seguido por la formalizante al plantear sus denuncias, y pasa a conocer de la segunda delación, expuesta en los siguientes términos: De conformidad con el ordinal 1° del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se delata que la recurrida infringe el ordinal 5° del artículo 243 del mismo Código, por incurrir en el vicio de incongruencia negativa. Indica la formalizante: “Con efecto, ciudadanos Magistrados, en la oportunidad de dar contestación a la querella interdictal, nuestro patrocinado alegó la falta de cualidad e interés en el querellante para proponer la querella interdictal propuesta, con fundamento en que el lote de terreno cuyo secuestro fue ejecutado por el tribunal comisionado y que fuera acordado por este tribunal y sobre el cual los mandantes de nuestro representado han ejercido los actos posesorios a través del querellado, inmueble sobre el que se habrían consumado los pretendidos actos lesivos de la posesión de los actores, no se corresponde en lo absoluto por su situación, linderos y de más (sic) determinaciones con el lote de terreno y mejoras que el querellante describe en su querella.” Para decidir, la Sala observa: En el ordinal 5º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se determina la obligación de que toda sentencia debe contener 'Decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia.' El indicado precepto normativo establece el llamado principio de congruencia, el cual sujeta al Sentenciador a no alterar el problema judicial debatido entre las partes, debiendo resolver sobre todo aquello alegado y probado por los sujetos integrantes de la litis. El incumplimiento de lo indicado anteriormente, hará padecer a la sentencia del vicio de incongruencia.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de casación formalizado por la representación judicial de la parte querellada, ciudadano JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ GUEVARA, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 13 de septiembre de 2004; en consecuencia, se ANULA la precitada decisión, y se REPONE la causa al estado en que el Juzgado Superior competente dicte nuevo fallo corrigiendo el vicio de forma que revoca el veredicto ya citado. Dada la naturaleza de la presente sentencia no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase directamente este expediente al tribunal de origen es decir, al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Palabras clave

casacionincongruenciaquerella interdictaldefensasentenciaprocedimiento civilrecursodecisión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca