Sentencia N° 1105 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de septiembre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1105, Exp. 04-756, 14/09/2004
Expediente04-756
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2004-09-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, confirmando la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Yaracuy. Se establece que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad, ya que no se evidencia violación de normas de orden público ni contravención a la jurisprudencia de la Sala. La decisión se fundamenta en la falta de valoración de los aportes probatorios y el debido proceso.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio el recurrente señala que el juzgador no valoró los aportes probatorios tanto civil como laboral del indebido proceder, dolo y fraude procesal accionado por el requirente, el cual no era dependiente y al que no se le aplican los principios de ajenidad, por cuanto era un médico externo que prestaba servicios en otras instituciones, por lo que si tendría algún reclamo que hacer sería por honorarios profesionales, por la vía procesal civil, por lo que la sentencia trasgredió el orden público, enervando el estado de derecho y el debido proceso. Ahora bien, del análisis exhaustivo de dicha solicitud así como de las actas que conforman el expediente, especialmente de la sentencia recurrida, esta Sala verifica, que en el presente caso no existe violación de norma de orden público, ni de la reiterada jurisprudencia de esta Sala, que transgredan el estado de derecho o el debido proceso.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representante legal de la parte demandada, contra la decisión de fecha 19 de mayo del año 2004, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe.
Palabras clave
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