Sentencia N° 1102 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de junio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1102, Exp. 06-313, 29/06/2006
Expediente06-313
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoRegulacion de Competencia
Fecha de la decisión2006-06-29
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala de Casación Social se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados, uno en materia civil y otro en materia de protección de menores. El Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro-Occidental se declaró incompetente y remitió el expediente a la Sala de Casación Social. Posteriormente, esta Sala también se declaró incompetente, argumentando que corresponde a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia resolver el conflicto de competencia planteado.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir sobre el presente asunto, observa: Establece el numeral 51 del artículo 5º de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que la Sala afín con la materia y la naturaleza del asunto debatido es la competente para decidir los conflictos de competencia, cuando no exista Tribunal Superior y común a ellos en el orden jerárquico. Así mismo, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 24 de fecha 26 de octubre de 2004, determinó cual era la Sala competente para regular el conflicto negativo de competencia surgido entre tribunales, ordinarios o especiales cuando no existan tribunales superior y común a ellos en orden jerárquico. Conforme a la decisión de Sala Plena, cuando se suscite un conflicto de competencia entre un juzgado civil y otro con competencia en materia laboral, agraria o de menores, corresponderá a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia resolverla.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia suscitado en el presente juicio. En consecuencia, se declina la competencia en la SALA PLENA de este Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
conflicto de competenciaregulación de competenciajuzgado civiljuzgado de menoresSala Plenaincompetenciaprocedimiento civil