Sentencia N° 1099 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de octubre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1099, Exp. 12-1250, 31/10/2016
Expediente12-1250
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2016-10-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, la sociedad mercantil Maquinarias Miranda C.A. (Marquimirca), contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Táchira. La Sala argumentó que el recurso no contribuye a la preservación del orden público laboral y la uniformidad de la jurisprudencia, ya que no se evidencian violaciones categóricas del orden legal establecido.

Extracto de la motiva

Conviene observar que, siendo el recurso de control de legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse, a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en la norma contenida en el artículo 178 de la Ley Adjetiva Laboral; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación y/o 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza es de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, sociedad mercantil MAQUINARIAS MIRANDA C.A. (MARQUIMIRCA), contra la sentencia de fecha 25 de julio de 2012, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.

Palabras clave

control de legalidadrecursosjurisprudenciaorden público laboralincongruencia

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