Sentencia N° 1099 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de noviembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 1099, Exp. 15-954, 30/11/2015
Expediente15-954
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-11-30
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Víctor del Valle Lobatón Gómez contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Sucre. La decisión se basa en que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no se ajusta a los fines del recurso y no llena los extremos de la ley requeridos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la ley adjetiva laboral, reproducida en el párrafo precedente a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia dictada el 25 de junio de 2015, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Cumaná. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadrecursos laboralesjurisprudencianormas laborales

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