Sentencia N° 1098 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de octubre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1098, Exp. 09-174, 14/10/2010
Expediente09-174
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-10-14
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

En el juicio por cobro de diferencias de prestaciones sociales, el Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial Laboral de Zulia declaró con lugar el recurso de apelación de la parte demandada, anulando la decisión anterior que había declarado confesa a la parte demandada. La parte demandante anunció recurso de casación, el cual fue admitido y formalizado. La Sala de Casación Social Especial, presidida por la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, evaluó las alegaciones del recurrente sobre la inobservancia de formas sustanciales y la vulneración del derecho a la defensa, concluyendo que el ad quem actuó conforme a derecho al considerar justificada la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia preliminar.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurrente denuncia menoscabo del derecho a la defensa, por cuanto la impugnada confirió valor probatorio a una constancia médica promovida por la empresa demandada, como prueba justificativa de incomparecencia a la prolongación de la audiencia preliminar, instrumento éste consignado en copia fotostática, en una oportunidad distinta a la presentación del escrito de apelación. Por su parte, la recurrida consideró tempestiva la presentación de los informes médicos de la Institución Salud Maracaibo y del médico Gustavo Baptista, en virtud de lo cual, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, reponiendo la causa al estado de que el a quo, continuara la audiencia preliminar en la etapa de prolongación, vale decir, el ad quem estimó justificada la incomparecencia de la parte demandada a la prolongación de la audiencia preliminar, previo examen de informes médicos presentados en original, emanados de una Institución de Salud Pública, y del médico Gustavo Baptista.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Especial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 10 de diciembre de 2008; 2) CONFIRMA la sentencia recurrida.

Palabras clave

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