Sentencia N° 1097 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1097, Exp. 14-721, 11/08/2014
Expediente14-721
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-08-11
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 11 de agosto de 2014, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Elisa Hermida Salgado, debido a la falta de formalización dentro del lapso legal establecido. La parte demandante había anunciado el recurso el 25 de abril de 2014, pero no lo formalizó en el tiempo correspondiente, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción de perención del recurso. La decisión se fundamenta en la importancia de observar los requisitos formales para el ejercicio del recurso extraordinario de casación, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, se observa que el lapso para formalizar este recurso de casación, comenzó a correr en fecha veintiséis (26) de abril del 2014. En tal sentido el lapso subsiguiente de veinte (20) días para formalizar el recurso, se concluye que éste venció el quince (15) de mayo de 2014. Ahora bien, la parte demandante anunció recurso de casación, oportunamente, el veinticinco (25) de abril de 2014, más no formalizó en la oportunidad correspondiente. Por lo tanto, visto que el lapso para la formalización venció el quince (15) de mayo del año en curso, y el escrito fue presentado el 19 de mayo del mismo año, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara perecido el recurso interpuesto. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandante ciudadana Elisa Herminda Salgado contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de febrero de 2014. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de casaciónprocedimientoplazostrabajojurisprudencia