Sentencia N° 1095 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1095, Exp. 14-610, 11/08/2014
Expediente14-610
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-08-11
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, debido a que no se formalizó dentro del lapso legal establecido. Se establece que el lapso para formalizar el recurso comenzó a correr el 12 de abril de 2014 y venció el 7 de mayo de 2014. La parte demandante anunció el recurso de casación el 7 de abril de 2014, pero no cumplió con la formalización correspondiente.
Extracto de la motiva
(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, se observa que el lapso para formalizar este recurso de casación, comenzó a correr en fecha doce (12) de abril del 2014. En tal sentido, una vez efectuado el cómputo del término de distancia -seis (6) días entre la ciudad de Maturín Estado Monagas y Caracas- y el lapso subsiguiente de veinte (20) días para formalizar el recurso, se concluye que éste venció el siete (7) de mayo de 2014. Ahora bien, la parte demandante anunció recurso de casación, oportunamente, el siete (7) de abril de 2014, más no formalizó. Por lo tanto, visto que el lapso para la formalización venció el siete (7) de mayo del año en curso, sin que se consignara el escrito correspondiente, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara perecido el recurso interpuesto. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada Sociedad Mercantil MG SERVICES DE VENEZUELA, S.A. contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 31 de marzo de 2014. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
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