Sentencia N° 1094 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1094, Exp. 05-724, 04/08/2005
Expediente05-724
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-08-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. Se establece que el recurso no cumple con los requisitos legales necesarios para su admisión, ya que se trata de una sentencia interlocutoria que no vulnera normas de orden público. Además, se impone una multa a la parte recurrente por interposición maliciosa del recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueren recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, o contraríen la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Además de ello, la admisión del recurso in commento exige que se verifique la oportunidad de su interposición, pues la referida Ley establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se dictó la sentencia sujeta a revisión, para el ejercicio del recurso de control de la legalidad; así mismo, la extensión del escrito no puede exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Adicionalmente, es oportuno dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente a aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de esta Sala.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por los accionantes Freddy Frique, Jacqueline Molina Bolaños y Lidia Trujillo Ortiz, contra la sentencia del 13 de abril de 2005, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se impone a la parte recurrente, multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.) y se ordena al tribunal de la causa, expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina de Recaudación de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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