Sentencia N° 1092 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1092, Exp. 05-373, 04/08/2005
Expediente05-373
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2005-08-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 4 de agosto de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, INVERSIONES PRAVIA, C.A., contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La Sala argumentó que la parte recurrente no fundamentó adecuadamente su impugnación, lo que llevó a considerar el recurso como extemporáneo y malicioso, imponiendo una multa de diez unidades tributarias.
Extracto de la motiva
En el caso que nos ocupa, esta Sala observa que mediante diligencia de fecha 24 de enero de 2005, la representación judicial de la parte demandada, interpuso el presente medio de impugnación, sin señalar de manera expresa violación alguna de norma de orden público o la contravención por parte de la sentencia recurrida de la reiterada doctrina jurisprudencial emanada de esta Sala. En efecto, se desprende que en dicha oportunidad, la recurrente expuso lo que a continuación se transcribe: “En horas de despacho del día de hoy veinticuatro (24) de Enero de 2005, comparece por ante ese Tribunal la abogada Beila Marquez, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, y expone: Interpongo Recurso de Control de Legalidad de la sentencia proferida por ese Tribunal en fecha 10-01-05. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman...”. (Resaltado de la Sala) Visto lo anterior resulta inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se resuelve.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 10 de enero de 2005, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se impone a la recurrente multa de diez unidades tributarias (10 U.T.), y se ordena al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución que resulte competente para conocer de la presente causa, expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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