Sentencia N° 1087 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de noviembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1087, Exp. 11-481, 12/11/2013
Expediente11-481
PonenteSonia Coromoto Arias Palacios
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-11-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción celebrada entre el ciudadano Jhon Edwars Silva Bell y la sociedad mercantil AstraZeneca Venezuela, S.A., en la que se acordó el pago de doscientos quince mil bolívares. La decisión se basa en la verificación de que las partes actuaron con apoderados judiciales debidamente constituidos y que el acuerdo cumplía con los requisitos legales establecidos.
La Sala enfatizó que la manifestación de voluntad en la transacción es un ejemplo de la responsabilidad social de las partes y que el acuerdo tiene efectos de cosa juzgada, concluyendo así el litigio judicial de manera definitiva. Además, se ordenó la remisión del expediente al Circuito Judicial del Trabajo para los trámites correspondientes al archivo del caso.
Finalmente, se acordó la expedición de copias certificadas de la transacción y del auto que la homologa, cumpliendo con las disposiciones legales pertinentes.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que las partes actuaron representadas mediante apoderados judiciales debidamente constituidos y facultados para celebrar el presente contrato, tal como se evidencia de los instrumentos poder que corren insertos a los folios quince (15) y veintisiete (27) del expediente, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, se aprecia que en la manifestación escrita del acuerdo se actuó con pleno conocimiento del contrato por el demandante, en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, el escrito presentado ante esta Sala en la fecha mencionada se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JHON EDWARS SILVA BELL y la sociedad mercantil ASTRAZENECA VENEZUELA, S.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de su distribución entre los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, para efectuar los trámites procesales correspondientes al archivo del presente expediente.