Sentencia N° 1084 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 1084, Exp. 10-1222, 11/10/2011
Expediente10-1222
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2011-10-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en la ponencia de la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, se pronunció sobre el recurso de control de legalidad interpuesto por la Alcaldía del Municipio Páez del Estado Portuguesa, en relación con el beneficio de alimentación reclamado por varios trabajadores. La sentencia del Tribunal Superior del Trabajo había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que había declarado con lugar la demanda de los trabajadores.

Extracto de la motiva

La recurrente alega que el ad quem incurrió en el vicio de falta de aplicación del artículo 5 de la Ley de Alimentación Para los Trabajadores, ya que condenó a la demandada al pago del beneficio de alimentación en base al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Alimentación Para Los Trabajadores, sin considerar que la referida normativa legal no estaba vigente durante el período de tiempo en que se causó el beneficio reclamado. La Sala para decidir observa: La recurrente alega que el ad quem incurrió en el vicio de falta de aplicación del artículo 5 de la Ley de Alimentación Para los Trabajadores, ya que condenó a la demandada al pago del beneficio de alimentación en base al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Alimentación Para Los Trabajadores, sin considerar que la referida normativa legal no estaba vigente durante el período de tiempo en que se causó el beneficio reclamado.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la empresa demandada contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 13 de julio de 2010; 2) Se ANULA la sentencia recurrida; 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.

Palabras clave

Control de LegalidadBeneficio de AlimentaciónLey de Alimentación para los TrabajadoresSentenciaTribunal Supremo de Justicia

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