Sentencia N° 1084 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1084, Exp. 08-1072, 07/07/2009
Expediente08-1072
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-07-07
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de julio de 2009, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, Neline Rodríguez González, contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto Agrario de Barinas, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala fundamentó su decisión en la falta de formalización del recurso dentro del lapso legal establecido, conforme a lo dispuesto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil. Se condenó en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

Conforme a la decisión emanada por esta Sala de Casación Social, de fecha 15 de mayo de 2008, que declaró con lugar el recurso de hecho y admitió el presente recurso de casación; comenzó a transcurrir el lapso de veinte (20) días continuos y consecutivos previstos legalmente para la formalización del extraordinario recurso de casación, a partir de la fecha de la notificación practicada al recurrente de la referida decisión -10 de diciembre de 2008-, más el término de la distancia, lo que evidencia que venció dicho lapso, el siete (7) de enero de 2009. Todo ello de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Ahora bien, hasta la fecha en que se dicta el presente fallo, no ha sido consignado el escrito de formalización del recurso; por lo tanto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, se declarará perecido el recurso, sin entrar a decidirlo, porque la formalización no ha sido presentada en el lapso legal correspondiente. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión publicada el 6 de febrero de 2008, por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

recursocasaciónprocedimientoagrariocostas

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