Sentencia N° 108 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de abril de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 108, Exp. 23-512, 12/04/2024
Expediente23-512
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-04-12
DecisiónConcluida la sustanciación del recurso de casación
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación anunciado por la parte demandada en un caso de indemnización. La Sala declaró concluida la fase de sustanciación del recurso, permitiendo que el asunto entre en estado de fijación de audiencia. Se destacó que la parte demandante no presentó escrito de contestación dentro del lapso correspondiente.
Extracto de la motiva
En sintonía con lo anterior, debe destacarse que conforme a lo previsto en el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil -precepto legal que armonizado con las decisiones de este máximo Tribunal-, el término de la distancia deberá fijarse y calcularse al inicio del lapso procesal que se concede para presentar la formalización, cuyo cálculo deberá ser aplicado por días calendarios consecutivos (véase s. S.C. N° 319 del 9 de marzo de 2001). Por lo tanto, y visto que la sentencia recurrida fue dictada en la ciudad de Pto. Fijo, estado Falcón, corresponde en la presente causa un lapso de cinco (5) días continuos por término de la distancia. Determinado lo anterior, en el caso sub examine se desprende del iter procedimental, lo siguiente: Mediante auto de fecha 24 de noviembre de 2023, dictado por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, admitió el recurso de casación anunciado por la parte demandada en fecha 22 de noviembre de 2023; enfatizando que el último día para efectuar el anuncio, correspondió con el día 23 de noviembre de 2023; razón por la que se considera que fue anunciado dentro de la oportunidad legal correspondiente. Recibido el expediente, se ordenó practicar por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, el cómputo de los lapsos establecidos en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en cuyo auto la Secretaria de la Sala, hace constar que el inicio del lapso para formalizar el recurso de casación, comenzó a transcurrir según se desprende del auto de admisión el día viernes 24 de noviembre de 2023, día siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo- y venció el día lunes 18 de diciembre de 2023. Ello así, se observa de la referida certificación que la parte tuvo oportunidad para presentar el escrito de formalización hasta el día lunes 18 de diciembre de 2023, denotándose que el apoderado judicial de la parte demandada recurrente, presentó el escrito de formalización en fecha 15 de diciembre de 2023, razón por la que se considera que la parte demandada consignó el escrito dentro de la oportunidad procesal correspondiente.
Dispositiva
CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará por auto separado.
Palabras clave
recurso de casacióntérmino de la distanciaCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica Procesal del Trabajooportunidad procesalsentenciaJuzgado Superior