Sentencia N° 1079 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de julio de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1079, Exp. 07-1733, 03/07/2008
Expediente07-1733
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-07-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La controversia se centró en la calificación de un accidente laboral como enfermedad profesional, lo que generó un análisis sobre la motivación de la sentencia recurrida y la aplicación de las normas pertinentes. La Sala concluyó que la decisión de la instancia inferior estaba debidamente motivada y ajustada a derecho.

Extracto de la motiva

Visto el supuesto en el que el formalizante encuadra su denuncia y las normas denunciadas, la Sala entiende que la delación está referida a vicios en la motivación de la recurrida. Con respecto al vicio de inmotivación la Sala ha establecido que éste se configura de distintas maneras, a saber: a) la falta de motivación, que se da cuando no se expresa motivo alguno, es decir, cuando la sentencia no contiene materialmente ningún razonamiento de hecho ni de derecho en que pueda sustentarse el dispositivo, de modo que la motivación exigua, breve, lacónica, no es inmotivación pues en tal caso la Sala podrá controlar la legalidad de la decisión tanto en el establecimiento de los hechos como en la aplicación del derecho; b) la contradicción en los motivos, que se da cuando las razones del fallo se destruyen entre sí; c) el error en los motivos, no se refiere a que los motivos sean errados o equivocados sino cuando los motivos expresados no guardan ninguna relación con la pretensión deducida y con las excepciones o defensas opuestas, caso en el cual los motivos aducidos, a causa de su manifiesta incongruencia con los términos en que quedó circunscrita la controversia, deben ser tenidos como jurídicamente inexistentes; y, d) la falsedad o manifiesta ilogicidad de la motivación, que existe cuando los motivos son tan vagos, generales, inocuos o absurdos que se desconoce el criterio jurídico que siguió el juez para dictar su decisión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, publicada el 13 de julio de 2007. Se condena en costas a la parte recurrente en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

indemnizaciónenfermedad profesionalaccidente laboralcasaciónmotivaciónderecho a la defensaincapacidadtrabajo

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