Sentencia N° 1077 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de mayo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1077, Exp. 06-2165, 24/05/2007
Expediente06-2165
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-05-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que el fallo recurrido era una sentencia interlocutoria que podía ser reparada en la sentencia definitiva. Se citó la jurisprudencia establecida en la sentencia Nº 87, que establece que este tipo de impugnación es inadmisible contra sentencias interlocutorias.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. La Sala en sentencia Nº 87 de fecha 20 de febrero de 2003, estableció que “...este medio de impugnación excepcional es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias interlocutorias emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, todo ello además en procura de la celeridad que cada caso amerita, pues de producirse alguna violación con estos fallos interlocutorios, se puede reparar en la sentencia definitiva, recurribles estas últimas ante esta Sala de Casación Social a través de los medios de impugnación permitidos por la Ley para ello”. Ahora bien, el fallo recurrido es una sentencia interlocutoria emanada de un Juzgado Superior Laboral cuyo gravamen puede ser reparado en la sentencia definitiva, conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 87, parcialmente trascrita, por ello se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 17 de noviembre de 2006, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Particípese esta decisión al Tribunal Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la citada Ley.

Palabras clave

control de la legalidadsentencia interlocutoriarecursotrabajojurisprudenciainadmisibilidadLey Orgánica Procesal del Trabajo

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