Sentencia N° 1076 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1076, Exp. 05-873, 04/08/2005
Expediente05-873
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-08-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo. La parte recurrente alegó que la decisión impugnada era contraria a la doctrina jurisprudencial de la Sala y que no se ordenó la corrección monetaria para el lucro cesante. Sin embargo, la Sala determinó que las infracciones denunciadas no fueron constatadas, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, aduce la parte actora recurrente que la sentencia impugnada es contraria a la doctrina jurisprudencial de esta Sala, por cuanto la Juez de Alzada no ordenó la corrección monetaria para el concepto de lucro cesante, desde la fecha de admisión de la demanda hasta su ejecución, violentándose que tal proceder el derecho a una justa y equitativa resolución de la controversia. Del mismo modo, denuncia la recurrente la infracción del artículo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pues, aun cuando en la parte motiva de la decisión se declara procedente las indemnizaciones contempladas en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en la dispositiva no se cuantificaron, por lo que se impide determinar el alcance de lo juzgado y hace imposible su eventual ejecución. Así pues, una vez examinado exhaustivamente el caso planteado, se aprecia que tales infracciones no han sido constatadas en forma alguna por esta Sala de Casación Social, lo cual trae como efecto inmediato, basada en los criterios que informan la presente decisión, la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 2 de mayo de 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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