Sentencia N° 1075 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1075, Exp. 05-854, 04/08/2005
Expediente05-854
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-08-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de los recursos de control de la legalidad interpuestos por ambas partes en un juicio por cobro de prestaciones sociales y daño moral. La decisión se basa en la falta de constatación de las infracciones alegadas por los recurrentes, quienes argumentaron violaciones a normas procesales y a la doctrina jurisprudencial. La Sala determinó que no se incurrió en violaciones que transgredieran el Estado de Derecho, declarando inadmisibles ambos recursos.
Extracto de la motiva
Ahora bien, como quiera que ambas partes intentaron recurso de control de la legalidad contra la decisión supra referida, estima conveniente esta Sala pronunciarse con relación a la admisibilidad de los mismos por capítulos. Así se establece. Informa la parte actora, que la sentencia impugnada violó lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto considera que la Juez de Alzada, solamente se limitó a definir el daño moral y a señalar de una forma simple y genérica, que en el caso de autos no se encuentra debidamente probado el daño sufrido por el actor, ni mucho menos la relación de causalidad que haga presumir la responsabilidad subjetiva del patrono, sin indicar las circunstancias de hecho que se desprenden de las actas procesales, pues, no analizó ni valoró los medios probatorios, entre los cuales se encuentra un aviso de prensa del cual se demuestra el hecho ilícito cometido por éste. Igualmente, alega quien recurre que la decisión recurrida resulta contraria a la doctrina jurisprudencial sentada por esta Sala, relacionada con la responsabilidad subjetiva del patrono y el criterio reiterado de lo que constituye el hecho ilícito generador del daño moral. Así pues, una vez examinado exhaustivamente el caso planteado, se aprecia que tales infracciones no han sido constatadas en forma alguna por esta Sala de Casación Social, lo cual trae como efecto inmediato, basada en los criterios que informan la presente decisión, la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora contra la sentencia de fecha 26 de abril de 2005, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y; 2) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada contra la decisión supra identificada. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionesdaño moralcontrol de la legalidadinadmisionjurisprudenciaorden públicoresponsabilidad subjetiva