Sentencia N° 1073 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1073, Exp. 12-655, 17/10/2012
Expediente12-655
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-10-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió con lugar el recurso de apelación interpuesto por la empresa Fuller Interamericana, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que había declarado desistido el recurso de nulidad contra un acto administrativo que impuso una sanción pecuniaria. La Sala fundamentó su decisión en el incumplimiento de las cargas procesales por parte de la recurrente, específicamente en relación a la notificación de terceros interesados y el retiro de carteles de emplazamiento.
Extracto de la motiva
(…) De las actas procesales se observa que la parte recurrente, no obstante al contenido del auto de fecha 03 de los corrientes, donde se indicó, cito: “............., el recurrente deberá retirar el cartel de notificación dentro de los tres días de despacho siguientes a su emisión, -mas dos días (2) que se conceden como término de la distancia- lo publicará y consignará la publicación, dentro de los ocho días de despacho siguientes a su retiro, más dos días (2) que se conceden como término de la distancia- para la venida. -...............”, a la fecha 13 del presente mes, vale decir luego del transcurso de cinco (05) días de despacho de expedido el cartel, este no fue retirado, tal como se aprecia del cómputo secretarial de fecha 13 del mes y año que discurre, ello, en flagrante incumplimiento a la carga procesal que la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa impone a los recurrentes en sus artículos 80 y 81. (…)
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por la representación judicial de la parte accionante, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, en fecha 16 de abril de 2012; 2°) REVOCA la decisión apelada; y; 3) se REPONE la causa al estado en que el Juzgado Superior competente fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio.